Nicolás Maduro: El Fujimori venezolano al frente de la primera dictadura del siglo XXI
En un artículo escrito por Óscar Medina se desmenuzan los elementos que catalogan definitivamente a Venezuela como el país con la primera dictadura del siglo XXI. Fundamentado en un informe de Provea, se presentan las consideraciones tomando en cuenta, acto por acto, las jugadas de amplia y flagrante violación a la Constitución y demás leyes en la cuales ha incurrido el gobierno de Nicolás Maduro para mantenerse en el poder a expensas de un país desbaratado y al borde de una estanflación sin precedentes y establece una comparación con las últimas dictaduras "modernas" del siglo XX.
Venezuela, que fuera la mayor receptora de
inmigrantes en las décadas entre los 40s y los 80s, ahora es el exportador
número uno de migrantes en todo el mundo.
A partir de un análisis comparativo con el
régimen de Alberto Fujimori, presidente de Perú entre 1990 y el año 2000, la
organización defensora de derechos humanos Provea, concluye que el gobierno de
Nicolás Maduro es la primera dictadura del siglo XXI en Latinoamérica. Muchos
son los paralelismos entre ambos casos que permiten establecer una
puntualización de las características de estos procesos.
A partir del 20 de octubre de 2016 la
organización civil Provea (Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos
Humanos) comenzó a calificar al gobierno de Nicolás Maduro como una “dictadura
moderna”.
La fecha marca el hito de la suspensión
inconstitucional del referendo revocatorio que intentó llevar a cabo la
oposición venezolana en 2016 y que fue torpedeado de manera sistemática por el
Consejo Nacional Electoral por la vía de requisitos no estipulados en ninguna
norma y que en la práctica constituían obstáculos cada vez más cuesta arriba.
El 20 de octubre tribunales penales –sin
competencia en la materia- de cinco estados del país sentenciaron que un tramo
de la recolección de firmas para el referendo había sido fraudulento y por
tanto el proceso debía ser suspendido.
“De esta manera, mediante la confabulación de
tribunales penales obedientes a las orientaciones del Ejecutivo y un CNE
igualmente sumiso, se frustró el proceso revocatorio, cerrando aún más el
gobierno las vías electorales para dirimir la conflictividad política y
permitir canalizar el descontento social por vías pacíficas”, dice un capítulo
especial del más reciente informe de Provea.
“Aunque las comparaciones son odiosas, la
decisiones asumidas desde el Ejecutivo tienen sus antecedentes en la región en
los gobiernos de Juan María Bordaberry (1973–1976) en Uruguay, José Serrano
Elías (1991–1993) en Guatemala y Alberto Fujimori (1990–2000) en Perú. En todos
esos casos, los presidentes a través de decretos y con el apoyo de los demás
poderes públicos disolvieron sus respectivos congresos con la finalidad de
eliminar los controles institucionales y legislativos que ejercían”, apunta el
documento.
Y se extiende: “Pero la democracia no es solo
el ejercicio del voto para elegir representantes, es un cúmulo de derechos y
garantías que protegen a los ciudadanos y cuyo cumplimiento garantiza el
desarrollo pleno del Estado de Derecho. Como se desprende del informe de la
visita in loco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a Perú
en el año 2000, durante la dictadura de Alberto Fujimori, se puede evidenciar
una serie de caracterizaciones de lo que es una dictadura:
Obstrucción de la
actuación del sistema interamericano y universal de protección
Poca o nula
imparcialidad del sistema judicial puesto al servicio del Ejecutivo
“Provisionalidad” de
jueces y fiscales
Aplicación de la
legislación antiterrorista a civiles con uso intensivo de la justicia militar
Suspensión de
garantías
Falta de cumplimiento
de las sentencias emanadas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Reelección indefinida
Interferencia estatal
en el ejercicio efectivo del derecho a la participación política ciudadana
Actos de hostigamiento
y persecución a los políticos opositores
Intercepción
telefónica
Intimidación
Limitaciones al
ejercicio de informar y a la libertad de prensa.
¿Pero por qué
dictadura moderna?
A diferencia de las dictaduras tradicionales,
que alcanzaban el poder mediante un golpe de Estado militar, las dictaduras
modernas llegan al poder mediante elecciones.
Promueven un proceso de “refundación” del
Estado a partir de la aprobación de una Constitución que formalmente incorpora
nuevas garantías para la vigencia de los derechos humanos, que no obstante no
cuentan con la voluntad política para materializarlas en la realidad.
Las dictaduras modernas erosionan la
independencia de los poderes, centralizando el mando en la figura del primer
mandatario. El debilitamiento del conjunto de la institucionalidad democrática
es enfrentado, de manera excepcional, por un ente refractario a la cooptación,
confirmando así la falta de autonomía del resto. En el caso peruano fue la
Defensoría del Pueblo, mientras que para el venezolano, a partir de diciembre
de 2015, fue la Asamblea Nacional y durante más de cuatro meses, en 2017, el
Ministerio Público.
El sistema de administración de justicia es
utilizado para darle legitimidad a las decisiones arbitrarias y para la
criminalización de la protesta y persecución de la disidencia.
Construyen, retórica y legislativamente, un
“enemigo interno” que les permita aprobar estados excepcionales para gobernar
sin contrapesos institucionales. En el caso peruano la “guerra al terrorismo”,
mientras que para Venezuela la “guerra económica”.
De manera progresiva, las dictaduras modernas
militarizan el sistema de administración de justicia y utilizan los tribunales
militares para enjuiciar a civiles bajo leyes de excepción y delitos tipificados
bajo la noción de “traición a la patria” y “lucha antiterrorista”.
No prohíben, de manera absoluta, el ejercicio
del derecho a la libertad de reunión, asociación, manifestación y libre
expresión, utilizando las amenazas y agresiones selectivas, las sanciones administrativas
y el uso de los tribunales para castigar la crítica y la disidencia.
Controlan el poder electoral, erosionando su
autonomía, y solo realizan elecciones cuando se generan las condiciones para
obtener resultados favorables.
Criminalizan los sistemas internacionales de
protección a los derechos humanos y se retiran de la competencia de tribunales
internacionales que, en esta materia, pudieran generar decisiones condenatorias
contra los Estados.
Santiago de León / Provea /Vértice
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10:04:00 a.m.
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